Políticas y Procedimientos
Código de Ética
Al ser un Consultor Independiente de TM BRANDS MANAGEMENT USA LLC (de aquí en adelante se referirá como “TERRAMAR” o “La Compañía”) prometo y acepto que:
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Seré honesto y directo en todas mis operaciones y transacciones mientras actúe como un Consultor Independiente de TERRAMAR y realizaré todas las actividades de una forma que mejoren mi reputación y la reputación de TERRAMAR.
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No incurriré en ninguna práctica ilegal o engañosa.
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Respetare el tiempo y la privacidad de todas las personas con las que este en contacto para que se conviertan en clientes o Consultores Independientes de TERRAMAR. Seré cortes y respetuoso con todas las personas con las que este en contacto mientras desarrolle de mi Negocio de TERRAMAR. Reconozco que los directivos de TERRAMAR tienen fuertes convicciones personales respecto a la conducta ética de todos los Consultores Independientes de TERRAMAR.
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Cumpliré con mis responsabilidades de liderazgo como Patrocinador, incluyendo, brindando entrenamiento y apoyo a los Consultores Independientes de mi organización. Proporcionaré apoyo continuo a mi organización, reconociendo que las personas que patrocino tendrán una mayor oportunidad de éxito en TERRAMAR si reciben entrenamiento y apoyo de forma continua.
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No haré ninguna declaración o manifestación de ingresos con respecto al plan de compensación de TERRAMAR, a excepción de los mencionados en la literatura oficial de TERRAMAR. Reconozco que el éxito de un Consultor Independiente de TERRAMAR depende de muchas variables, como la cantidad de tiempo y esfuerzo dedicado a su negocio y a su capacidad de organización.
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No haré declaraciones sobre los productos, servicios o la oportunidad de ingreso de TERRAMAR excepto las que se encuentran publicadas en la literatura oficial de TERRAMAR. Tendré en cuenta que incluso mi experiencia personal de los beneficios obtenidos de los productos de TERRAMAR, servicios y su oportunidad de ingresos pueden ser interpretados como declaraciones de TERRAMAR si utilizo esas experiencias como un instrumento de venta.
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Siempre respetaré y honraré la garantía de TERRAMAR del 100 por ciento de satisfacción, y la devolución del dinero cuando se trate con mis clientes minoristas.
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Entiendo y acepto que soy el/la único(a) responsable de todas las obligaciones financieras y legales que yo incurra en el desarrollo de mi negocio como un Consultor Independiente de los productos y servicios de TERRAMAR, incluyendo los impuestos de autoempleo, los impuestos sobre la renta, los impuestos sobre las ventas, el costo de las licencias, etc. Entiendo que soy un Consultor Independiente para todos los fines fiscales federales y estatales.
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Competiré de forma agresiva pero justa y respetaré a los miembros de otras oportunidades de redes de mercadeo. No solicitaré las listas de los Consultores Independientes o lista de clientes de otras compañías de redes de mercado, ni enfocaré mis ventas u oportunidades de reclutamiento únicamente en clientes o Consultores Independientes de cualquier otra compañía. No utilizaré materiales de venta que sean considerados como propiedad de otras compañías.
Declaración de Políticas y Procedimientos para Consultores Independientes
Un solicitante se convierte en Consultor Independiente de TERRAMAR cuando se completa la solicitud en línea y esta es aceptada por TERRAMAR.
Una vez que la solicitud es aceptada, el/la Consultor(a) Independiente tiene derecho a comprar los productos de TERRAMAR al precio ofrecido al Consultor y desarrollar su linaje y calificar para recibir comisiones según lo establecido en el plan de compensación.
TERRAMAR se reserva el derecho de rechazar cualquier Solicitud de Consultor Independiente o una solicitud de renovación, incluyendo, pero no limitado a, la solicitud de cualquier persona que haya tenido un interés financiero de cualquier tipo en cualquier Consultor Independiente de TERRAMAR bajo otro patrocinador diferente en los seis meses anteriores.
Los Consultores Independientes deben ser mayores de edad en el estado o provincia de su residencia.
Todos los Consultores Independientes están autorizados a vender productos y servicios de TERRAMAR, y a participar en el plan de compensación de TERRAMAR. Todos los Consultores Independientes pueden inscribir nuevos Consultores Independientes.
No es necesaria la compra de ningún producto o servicio de TERRAMAR.
Los Consultores Independientes y sus conyugues o dependientes no pueden tener un interés financiero en más de un Negocio Independiente sin el consentimiento por escrito de TERRAMAR. Por ejemplo, ni un accionista de la corporación que es un Consultor Independiente de TERRAMAR, ni un socio de la 6. sociedad que es un Consultor Independiente puede convertirse en Consultor Independiente de TERRAMAR individualmente
Una corporación, LLC o sociedad registrada (denominadas colectivamente en esta sección como "Entidad comercial") puede solicitar ser un Consultor Independiente de TERRAMAR presentando un Formulario de Registro de Entidad Comercial Independiente debidamente completado junto con un conjunto de documentos que se indican para la jurisdicción en la que está legalmente registrada. La Entidad de Negocio, así como todos los accionistas, miembros, gerentes, socios, fideicomisarios u otras partes con cualquier interés de propiedad (legal o equitativa) o responsabilidades de gestión para la Entidad de Negocio (colectivamente "partes afiliadas") son individual, conjunta y solidariamente responsables de cualquier deuda con TERRAMAR, las Políticas y Procedimientos de TERRAMAR, el Acuerdo de Consultor Independiente de TERRAMAR y otras obligaciones con TERRAMAR.
Una Entidad Empresarial consta en la modificación de los datos en la cuenta de TERRAMAR (también conocida como Número de Kit) para efectos fiscales, comisiones, reconocimientos y fines de premiación. No consiste en la apertura de una nueva cuenta de TERRAMAR, por lo que no se aprobará ningún cambio de patrocinio. Sin embargo, sólo se debe asignar el nombre de una mujer como "Solicitante", para que pueda recibir reconocimientos, premios, viajes, experiencias o ganar alguno de los programas mencionados en el Manual del Consultor.
Los cónyuges, parejas, amigos, hermanos o dos personas de cualquier parentesco que deseen trabajar juntos en una misma cuenta de TERRAMAR deberán registrarse como Entidad de Negocio en la jurisdicción en la que residan. Para efectos fiscales y de comisiones, ninguna de las dos personas podrá compartir una cuenta de TERRAMAR hasta que se entregue la documentación de la Entidad de Negocios al Comité Ejecutivo para su verificación y aprobación.
Una persona o entidad no puede solicitar ser un Consultor Independiente usando un nombre ficticio o supuesto.
Todos los Consultores Independientes son contratistas independientes de TERRAMAR, y no franquiciados, empresas conjuntas, socios, empleados, o agentes de TERRAMAR. Los Consultores Independientes tienen estrictamente prohibido declarar o insinuar, ya sea de forma oral o por escrito, que son franquiciados, empresas conjuntas, socios, empleados o agentes de TERRAMAR. Consultores Independientes no pueden vincular a TERRAMAR con ninguna obligación.
Los Consultores Independientes deben renovar anualmente su Negocio Independiente en el aniversario cuando ingresaron su solicitud de Consultor Independiente a TERRAMAR. Aunque la responsabilidad de renovar pertenece a cada uno de los Consultores Independientes, TERRAMAR les recordará cuando deben realizar dicha renovación. Cualquier Consultor Independiente que no desee renovar se considerará que ha finalizado voluntariamente su Negocio Independiente y, por lo tanto, perderá su posición de Consultor Independiente, todos sus derechos de patrocinio, la posición ganada y cualquier compensación futura.
Los Consultores Independientes aceptan indemnizar y eximir a TERRAMAR, sus accionistas, empleados, agentes, y sucesores en interés de cualquier reclamo, demanda, responsabilidad, pérdida, costo o gasto, incluyendo, pero no limitado a, honorarios de abogados que surjan o que podrían surgir en relación con un Negocio Independiente y cualquier asunto relacionado con el desempeño del Consultor Independiente bajo el Acuerdo de Consultor Independiente.
Para todos los fines de impuestos federales o estatales, los Consultores Independientes serán considerados como contratistas independientes. Como contratistas independientes, los Consultores Independientes no serán tratados como empleados, franquiciados, empresas conjuntas, socios o agentes en relación son el Código de Rentas Internas, la Ley de Seguridad Social, la Ley Federal de Desempleo, las leyes estatales de desempleo o cualquier otra ley, ordenanza, norma o reglamento federal, estatal o local.
Todos los Consultores Independientes deberán cumplir con todos los estatus y regulaciones federales y estatales, así como las ordenanzas y regulaciones relacionadas con la operación de sus negocios. Todos los Consultores Independientes son responsables de sus propias decisiones administrativas y de sus gastos, incluyendo todos los impuestos estimados por ingresos y por autoempleo. Al final de cada año calendario, TERRAMAR emitirá un formato de impuesto IRS Form 1099-MISC para la compensación de los Consultores Independientes que no sean empleados, tal como lo exige la ley.
Todos los Consultores Independientes deberán proporcionar su número de Seguro Social o el número de Identificación Federal, y TERRAMAR utilizará dicho número hasta el momento en que se le asigne un Número de identificación de Consultor Independiente y para todos los fines de información gubernamental. Respetando los derechos de “no numerados”, TERRAMAR opta, como derecho contractual, a únicamente establecer un acuerdo con aquellos que estén dispuestos a proporcionar un número de identificación fiscal y una copia de su formulario W9 del IRS debidamente completado. El número de identificación de Consultor Independiente deberá ser mencionado por el/la Consultor(a) Independiente en todo lo relacionado con TERRAMAR, incluyendo su documentación de inscripción, pedido de productos, etc.
Los Consultores Independientes no están restringidos a vender productos y servicios de otras compañías. Sin embargo, la promoción de productos, servicios o las oportunidades de ingresos de otras compañías de ventas directa, a clientes de TERRAMAR o a los Consultores Independientes, está estrictamente prohibido. Cualquier Consultor Independiente que se le sorprenda infringiendo esta regla se arriesga a la suspensión o cancelación de su categoría de Consultor Independiente.
No hay territorios exclusivos para mercadeo o reclutamiento, ni ningún Consultor Independiente debe insinuar o declarar que él o ella tiene un territorio exclusivo. No existe ninguna limitación geográfica (dentro de Estados Unidos y sus territorios) para la inscripción de Consultores Independientes.
Los Consultores Independientes de TERRAMAR pueden inscribir a otros Consultores Independientes dentro del programa de TERRAMAR. Sin embargo, Consultores Independientes son compensados únicamente por el volumen del negocio, y nunca por inscribir participantes adicionales en el programa.
Si un participante entrega varias solicitudes, se aceptará únicamente la primera solicitud que esté completada y entregada a TERRAMAR. TERRAMAR se reserva el derecho para resolver tales conflictos.
Los Consultores Independientes que decidan reclutar están obligados a proporcionar y asegurar el entrenamiento adecuado a sus Consultores Independientes inscritos. El “Entrenamiento Adecuado” incluye (pero no está limitado) a enseñar las reglas y regulaciones de TERRAMAR, plan de compensaciones, información de productos, prácticas comerciales adecuadas, estrategias de ventas, y comportamiento ético. Un reclutador debe de mantener una relación de liderazgo profesional con los Consultores Independientes de su organización y debe de cumplir con las obligaciones de desempeñarse como mentor de buenas prácticas de ventas para las ventas, o en la entrega de productos al consumidor final. Ejemplos de dicha supervisión pueden incluir, pero no están limitados a: boletines, comunicación escrita, reuniones personales, contacto telefónico, mensaje de voz, correo electrónico, sesiones de entrenamiento, acompañamiento de personas a los entrenamientos de TERRAMAR y compartir información genealógica a los inscritos. Los Consultores Independientes deberán proveer evidencia a TERRAMAR cuando se le solicite acerca del cumplimiento continue de las responsabilidades del reclutador.
Debido a la gran importancia que existe en la relación entre un patrocinador de línea ascendente y un consultor de línea descendente,TERRAMAR no recomienda las solicitudes o intentos de transferencia de patrocinio. Sin embargo, en una situación extraordinaria, se considerará una solicitud de transferencia, sin grupo sólo con las firmas de autorización notariadas de las cinco líneas ascendentes inmediatas. Una solicitud de transferencia, con grupo, será considerada con las firmas de autorización notariadas de las cinco líneas ascendentes inmediatas, y las firmas de autorización notariadas de cada una de las líneas descendentes que deseen ser incluidas en la transferencia. Todas las transferencias de patrocinio requieren la aprobación final de TERRAMAR, cuya decisión tomará en cuenta el bien general de TERRAMAR. Se podrá cobrar una cuota administrativa por el cambio requerido en los registros corporativos.
Un Consultor Independiente puede cancelar su Negocio Independiente de forma voluntaria, al no renovar cuando le corresponda o mediante una Debido a la gran importancia que existe en la relación entre un patrocinador de línea ascendente y un consultor de línea descendente, TERRAMAR no recomienda las solicitudes o intentos de transferencia de patrocinio. Sin embargo, en una situación extraordinaria, se considerará una solicitud de transferencia, sin grupo, sólo con las firmas de autorización notariadas de las cinco líneas ascendentes inmediatas notificación por escrito a TERRAMAR. Se considerará su cancelación efectiva en el momento que la notificación sea recibida en las oficinas centrales de TERRAMAR. Un Consultor Independiente que finalicé su Negocio Independiente podrá aplicar nuevamente una vez que hayan transcurrido seis meses a partir la fecha en que fue dado de baja.
Un Consultor Independiente podrá ser dado de baja por violar los términos y condiciones de este Acuerdo. TERRAMAR notificará por escrito la cancelación del Negocio Independiente de un Consultor Independiente infractor, citando la evidencia de la violación. Si el/la Consultor(a) Independiente no provee una respuesta en un lapso de 15 días, la cancelación se hará efectiva tras la decisión final de TERRAMAR. La notificación de la decisión se enviará por correo certificado a la dirección registrada del Consultor Independiente infractor. En los casos en que la ley estatal correspondiente sea inconsistente con lo anterior, dicho procedimiento se modificará automáticamente para su cumplimiento. Un Consultor Independiente que se le haya cancelado involuntariamente no podrá presentar una solicitud de inscripción a TERRAMAR durante un plazo de un año a partir de la fecha efectiva de su cancelación.
Un Consultor Independiente cuya cancelación fue involuntaria puede apelar la cancelación presentando una carta de apelación, indicando los motivos de esta. Esta carta deberá ser enviada por el servicio de correos de Estados Unidos o por un servicio de entrega privado con ACUSE DE RECIBO y deberá ser recibida por TERRAMAR en un plazo de 15 días a partir de la fecha de envío de la notificación de cancelación de la Compañía. Si la Compañía no recibe la carta de apelación en ese plazo, la cancelación involuntaria se aplicará automáticamente y será definitiva. Si un Consultor Independiente presenta su apelación de forma oportuna, TERRAMAR, a su discreción, revisará y reconsiderará la cancelación y notificará al Consultor Independiente de su decisión. La decisión de la Compañía será definitiva y no estará sujeta a ninguna otra revisión. Si se niega la apelación, la cancelación permanecerá en efecto acorde a la fecha de la notificación de cancelación original de la Compañía.
En caso de que TERRAMAR considere necesario suspender a un Consultor Independiente, dicha suspensión podría significar que el/la Consultor(a) Independiente no tiene el derecho de representarse a sí mismo como un Consultor de TERRAMAR y que cualquier comisión o bonificaciones adeudadas serán retenidas por TERRAMAR hasta su solución. A criterio de la Compañía, los productos y servicios pueden ser adquiridos por un Consultor Independiente suspendido a precio de mayoreo. Sin embargo, si se determina una cancelación, los productos y servicios sólo podrán ser adquiridos a través de otro Consultor Independiente de TERRAMAR.
En el caso de que se cancele a un Consultor Independiente, a partir de dicha baja el/la Consultor(a) Independiente no podrá seguir vendiendo productos y servicios de TERRAMAR, ni inscribir a otros Consultores Independientes. El/La Consultor(a) Independiente también pierde todos los derechos a las comisiones, bonos y a todos los demás beneficios.
Un Consultor Independiente puede vender, asignar o transferir su Negocio Independiente a un Consultor Independiente que no esté inscrito dentro de TERRAMAR, pero previamente se debe otorgar al patrocinador inmediato el derecho de preferencia. Ninguna venta, asignación o transferencia de la Consultoría Independiente será efectiva sin la previa aprobación por escrito de TERRAMAR, cuya aprobación no será retenida sin una razón. Si la Compañía determina, a su propia discreción, que el Negocio Independiente se transfirió con la intención de evadir el cumplimiento de este Acuerdo, la transferencia se anulará y no tendrá validez, la entidad del Consultor Independiente se regresará al Consultor Independiente que la transfirió, la cuál será tratada como si la transferencia jamás hubiera ocurrido a partir de la fecha de la revocación. Se podrá cobrar una tarifa administrativa por el cambio de los registros corporativos.
Ningún Consultor Independiente podrá contactar, ya sea de forma directa o indirecta, o hablar o comunicarse con algún representante de un proveedor o fabricante de TERRAMAR, a excepción cuando TERRAMAR lo disponga. La violación de esta regla podrá dar como resultado la finalización de los beneficios del Consultor Independiente y en posibles demandas por daños en caso de que la relación con el proveedor se vea afectada por el/la Consultor(a) Independiente.
La información contenida en cualquier reporte referente a la genealogía o línea descendentes entregado a un Consultor Independiente es propiedad confidencial de TERRAMAR, y se provee al Consultor Independiente con la absoluta confidencialidad. El/La Consultor(a) Independiente se compromete a no divulgar dicha información a ningún tercero de forma directa o indirecta, ni utilizará la información para competir con TERRAMAR o para cualquier otro propósito que no sea el de promocionar la oportunidad de ingresos de TERRAMAR. El/La Consultor(a) Independiente y TERRAMAR aceptan que, para este acuerdo de confidencialidad y no divulgación, TERRAMAR no proporcionará la información al Consultor Independiente. Cualquier Consultor Independiente que se le sorprenda violando esta regla se arriesga a ser suspendido o que se cancele su contrato. TERRAMAR se reserva el derecho a reclamar daños y perjuicios con todo el peso de la ley.
En caso del fallecimiento de un Consultor Independiente, su Negocio Independiente se heredará por testamento o sucesión intestada, según lo disponga la ley. TERRAMAR exigirá al sucesor interesado que firme y quede sujeto al Acuerdo de Consultor Independiente vigente en ese momento. El sucesor tendrá en ese momento todos los derechos y estará sujeto a todas las obligaciones, como cualquier otro Consultor Independiente de TERRAMAR.
El nombre de TERRAMAR y los nombres de todos los productos y servicios de TERRAMAR son marcas comerciales registradas o no registradas y propiedad de TERRAMAR. Sólo TERRAMAR está autorizado para producir y comercializar productos y literatura con dichas marcas. El uso del nombre TERRAMAR o cualquier artículo que no sea producido o autorizado por TERRAMAR está prohibido.
Los Consultores Independientes de TERRAMAR no están autorizados a utilizar el nombre comercial de TERRAMAR o cualquiera de sus marcas registradas en sus cuentas comerciales o personales. Sin embargo, los Consultores Independientes pueden imprimir sus cheques comerciales de TERRAMAR indicando que son “Consultores Independientes de productos TERRAMAR”.
Los Consultores Independientes no están autorizados a utilizar el nombre comercial de TERRAMAR para anunciar sus números de teléfonos y fax en los directorios telefónicos (Yellow and White Pages).
Los Consultores Independientes no están autorizados a incluir en sus propias tarjetas de presentación o impresos membretados cualquier nombre comercial o marca registrada de TERRAMAR. Sólo se permite la versión gráfica y la redacción aprobada de TERRAMAR, y el membrete deberá solicitarse directamente a TERRAMAR o a una entidad aprobada por TERRAMAR.
Solo se puede utilizar la literatura oficial para presentar los productos, servicios y la oportunidad de ingresos de TERRAMAR. La literatura de la Compañía no podrá ser duplicada o reimpresa sin la previa autorización por escrito de TERRAMAR. Todo el material de cualquier naturaleza, incluyendo el electrónico, debe ser previamente aprobado por escrito por TERRAMAR.
Se prohíbe a los Consultores Independientes a otorgar entrevistas en radio, televisión, periódicos o revistas, o hacer apariciones públicas, discursos o cualquier tipo de declaraciones en los medios de comunicación para promocionar a TERRAMAR, sus productos, servicios o su negocio individual de TERRAMAR, excepto con la previa autorización por escrito de TERRAMAR. Todos los contactos y solicitudes de los medios de comunicación deben ser coordinados a través de la aprobación y representación de un Representante Corporativo de TERRAMAR.
Los Consultores Independientes, como contratistas independientes, se les invita a distribuir información y dar dirección a sus respectivas líneas descendentes. TERRAMAR recomienda el uso de boletines informativos, talleres de entrenamientos y otros programas de la organización. Los Consultores Independientes deben identificar sus comunicaciones personales como tal, y no dar la apariencia de que dichas comunicaciones son las comunicaciones oficiales de TERRAMAR.
Los Consultores Independientes son los responsables de impartir entrenamientos a los Consultores Independientes que se inscriben. La ayuda para los entrenamientos se proporciona en la sección de administración de negocio en TERRAWEB y en materiales audiovisuales. Además, cada Consultor Independiente recibe publicaciones periódicas de TERRAMAR que incluyen entrenamientos continuos e información sobre productos y servicio. Además, los Consultores Independientes pueden asistir a talleres de entrenamiento locales y regionales para Consultores Independientes y participar en conferencias nacionales telefónicas de entrenamientos organizados por TERRAMAR.
No existe ningún tipo de aprobación, incluyendo el de los funcionarios de TERRAMAR, a excepción de lo que se comunique expresamente en la literatura de TERRAMAR o se apruebe por escrito.
Los Consultores Independientes no copiarán para su venta o uso personal el material grabado en audio o video que detalle la oportunidad de ingreso de TERRAMAR o las presentaciones de servicios, eventos, discursos, incluyendo conferencias telefónicas sin el permiso por escrito de TERRAMAR. TERRAMAR podrá solicitar medidas cautelares o daños y perjuicios al infractor por el uso no autorizado de los derechos de autor, marcas comerciales y materiales de TERRAMAR. Está estrictamente prohibido grabar en vídeo o audios las reuniones y conferencias de TERRAMAR. Se permite tomar fotografías a discreción del anfitrión de la reunión.
Los Consultores Independientes no podrán contestar el teléfono diciendo “TERRAMAR”, o de alguna otra forma que haga creer a la persona que llama que él o ella se ha comunicado a las oficinas corporativas de TERRAMAR.
Los Consultores Independientes no podrán volver a empacar ningún producto, servicio o material de TERRAMAR de ninguna manera.
Las comisiones no se pagarán hasta que TERRAMAR haya recibido y aceptado la Solicitud y Acuerdo del Consultor Independiente. Las comisiones se pagarán solo por la venta de productos y servicios de TERRAMAR. No se pagarán comisiones por la compra de un Kit de Inicio de un Consultor Independientes, los cuales se vende al costo de la Compañía.
Las comisiones, premios y reconocimientos se calculan en base al mes natural.
Las comisiones se pagan mensualmente en o alrededor de los primeros 10 días del mes por las comisiones ganadas durante el mes calendario anterior.
Consulte el plan de compensaciones descrito en el Manual del Consultor.
El programa TERRAMAR depende de, y requiere, la venta al por menor al cliente final; por lo tanto, se desaconseja toda forma de almacenamiento o acumulación de productos. TERRAMAR reconoce que el/la Consultor(a) Independiente desea comprar ciertos productos en cantidades razonables para su propio uso o para la disponibilidad de nuevos Consultores Independientes que se inscriban. Sin embargo, TERRAMAR prohíbe la compra de producto en cantidades no razonables cuyo fin sea el de calificar para el ascenso en el plan de compensación.
La Compañía ha establecido unos requisitos mínimos de volumen comercial personal y de grupo. Los requisitos de volumen comercial mínimo también pueden cumplirse mediante pedidos de clientes final, lo cuales serán suministrados por la Compañía directamente al cliente final.
Los Consultores Independientes tienen la responsabilidad de indicar la dirección del destino. Los métodos de envío disponibles se indican en cada formulario de pedido y costo de prepago, si se selecciona, se puede calcular mediante la información del costo del envío y manejo que también se proporciona. NOTA: En caso de que el destinatario rechace la entrega y el envío sea devuelto a TERRAMAR, el estatus de Consultor Independiente solicitante quedara “inactivo” hasta que se resuelva la situación del rechazo de la entrega. Los cargos de envío por el rechazo se cargarán a la cuenta del Consultor Independiente.
La empresa transportista será responsable de los daños que se produzcan una vez que haya recibido custodia física de la mercancía. Un Consultor Independiente que reciba la mercancía dañada deberá seguir el siguiente procedimiento:
TERRAMAR proporcionará a todos los clientes finales de productos TERRAMAR recibos por escrito. Aunque TERRAMAR indica un precio sugerido de venta como guía, los Consultores Independientes pueden vender los productos al precio de venta al público que ellos elijan.
Para las compras realizadas a la Compañía, TERRAMAR recauda y remite el impuesto estatal aplicable que puede ser exigido sobre el precio de venta sugerido de aquellos productos y/o materiales que están sujetos a impuestos. La tasa de impuesto a pagar se calcula en función de la dirección a la que se envía el producto y/o los materiales. Los Consultores Independientes que soliciten una compra libre de impuestos para la reventa de TERRAMAR (no se permite en todos los estados) deben proporcionar a la Compañía una copia de su certificado de exención de reventa válido y actual que muestre un número de impuesto de reventa. Este número debe aparecer en todos los pedidos realizados a TERRAMAR. El/La Consultor(a) Independiente debe entonces recolectar el impuesto de su cliente final y remitirlo a la autoridad fiscal estatal y local correspondiente. Como Consultor Independiente está de acuerdo en cumplir con las reglas y procedimientos establecidos en los acuerdos de recaudación de impuestos sobre las ventas que la Compañía pueda establecer con los distintos estados y jurisdicciones locales.
Los productos TERRAMAR no se pueden vender a o en, o ser exhibidos por cualquier punto de venta, incluyendo, pero no limitado a, establecimientos comerciales, mercados locales, reuniones de intercambio, puestos de centros comerciales o restaurantes. Las excepciones requieren de una autorización previa por escrito.
Se permite tomar pedidos de productos y servicios TERRAMAR en negocios como oficinas de servicio profesionales, establecimientos “de cita previa” o establecimientos similares no minoristas.
Todos los productos y literatura de TERRAMAR están sujetos a cambios sin previo aviso.
TERRAMAR ofrece una garantía del 100% de reembolso en los productos vendidos a todos los clientes finales. Todos los Consultores Independientes de TERRAMAR deben respetar esta garantía. Si por alguna razón un cliente final no está satisfecho con alguno de los productos TERRAMAR, ese cliente final puede devolver ese producto al Consultor Independiente al que se lo compró, dentro de los primeros 30 días, ya sea para obtener un reemplazo o un reembolso completo del precio de compra.
TERRAMAR reemplazará el producto devuelto, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos y condiciones:
TERRAMAR no reembolsará a ningún Consultor Independiente, el precio de compra de las devoluciones de los clientes finales y no se realizará la sustitución del producto si no se cumplen las condiciones de esta Norma.
TERRAMAR reemplazará, dentro de los siguientes 30 días de la compra, cualquier producto que resulte defectuoso. Sin embargo, ningún producto debe devolverse a TERRAMAR sin recibir una aprobación previa. Se requiere que se ponga en contacto con TERRAMAR al teléfono 01 800 313 0903 o por correo electrónico a customerservices@tmbrandsusa.com y asegúrese de cumplir rigurosamente con lo siguiente:
NOTA: Cualquier devolución recibida sin la previa autorización tendrá como consecuencia que se ponga el estatus del Consultor Independiente como “inactivo”. Además, no hay garantía de que se considere el producto como reemplazable.
Ante la cancelación/recesión, si el/la Consultor(a) Independiente ha comprado producto con el propósito de inventario o ayudas de ventas obligatorios mientras el acuerdo de Consultor estaba vigor, todos los productos que posea el/la Consultora que estén en condiciones hábiles para reventa y en posesión de el/la Consultora y que haya sido comprado dentro de los 12 meses previos a la cancelación de su contrato, pueden ofrecerse para su recompra. La recompra se hará a un precio que no sea inferior al 90% del costo original neto para el participante. Además, la Compañía cumplirá con los requisitos legales de recompra de cada jurisdicción. TERRAMAR también recomprará cualquier material de venta y el Kit de inicio de TERRAMAR dentro del plazo de un año desde el momento de la compra, siempre y cuando los materiales estén vigentes y en condiciones para ser vendidos.
NOTA: Los productos o materiales de venta que no estén en condiciones adecuadas para ser revendidos serán devueltos con cargo al Consultor Independiente.
La ley federal permite al cliente final a cancelar ciertas ventas sin ninguna penalización siempre y cuando sean antes de medianoche del tercer día hábil después de la transacción. Esta norma cubre a las ventas del cliente final de $25 dólares o más que se realicen fuera de la oficina principal del// la Consultor Independiente. El formulario de la orden de compra de TERRAMAR contiene todos los avisos legalmente requeridos. Además, el/la Consultor Independiente debe informar verbalmente al cliente final sobre el derecho de cancelación de tres días en el momento en que el cliente final firme el contrato de venta o adquiera la mercancía. Con respecto a los productos, en cualquier caso donde el cliente final, a su entera decisión, considere más favorable la Política de Devoluciones del Cliente Final, mencionada anteriormente, se aplicará dicha política y prevalecerá sobre la presente. Con respecto a los servicios, al finalizar el periodo de tres días que se indica en el presente documento, todos los servicios de venta son definitivos y no se puede devolver.
Si un cliente final envía por correo o entrega a un Consultor Independiente una notificación válida de cancelación antes del tercer día hábil después de ordenar o comprar el programa, servicio, y/o producto, deberá ser honrada por el/la Consultor(a) Independiente. Si el cliente ha recibido el producto, este deberá de ser devuelto junto con la notificación y en las mismas condiciones con la que fue entregado. Con respecto al servicio, los materiales envueltos en plástico que describen y explican los servicios, deben ser devueltos sin abrir. El/La Consultor(a) Independiente deberá reembolsar todos los pagos realizados conforme al contrato de venta, dentro de los siguientes diez días hábiles posteriores a la recepción de la notificación.
En la medida de lo permitido por la ley, TERRAMAR no será responsable si un Consultor Independiente libera a TERRAMAR de, y renuncia a cualquier reclamación por pérdida de ganancias, indirectos, directos, daños especiales o consecuentes o cualquier pérdida incurrida o sufrida por el/la Consultor(a) Independiente como resultado de (a) el incumplimiento del Acuerdo de Consultor Independiente, (b) la operación del Debe de estar firmado por el cliente final y se debe de entregar dos copias al comprador en cada venta. negocio de un Consultor Independiente, (c) cualquier información incorrecta o errónea proporcionada por el/la Consultor(a) Independiente, o (d) la falta de información o datos necesarios para que TERRAMAR maneje su negocio, incluyendo pero no limitado a, la inscripción y aceptación de un Consultor Independiente a la oportunidad de ingresos o el pago de comisiones y bonos.
TERRAMAR recomienda a sus Consultores Independientes mantener registros completos y precisos de todos los asuntos relacionado a su negocio. Una publicación recomendada es la publicación 911 del IRS para vendedores directos, disponible en cualquier oficina del IRS, o en el sitio web del IRS.
No se pueden hacer declaraciones de ingresos, proyecciones de ingresos, ni representaciones de ingresos a un potencial Consultor Independiente. Obviamente, se prohíbe cualquier afirmación falsa, engañosa o equivoca relacionado a la oportunidad, o al producto/servicio. Ocasionalmente los Consultores Independientes presentan cantidades de ingresos hipotéticos basados en el poder de la red de mercadeo como proyecciones de ingresos reales. Esto es contraproducente y está prohibido, ya que los nuevos Consultores Independientes pueden decepcionarse rápidamente si sus resultados no son tan rápidos como el modelo hipotético.
Las agencias reguladoras federales y estatales no aprueban ni respaldan los programas de venta directa. Por lo tanto, los Consultores Independientes no pueden representar o implicar, directa o indirectamente, que el programa TERRAMAR ha sido aprobado o respaldado por cualquier agencia gubernamental.
TERRAMAR se reserva el derecho de modificar este Acuerdo, sus precios, disponibilidad de producto y plan de compensación cuando lo considere oportuno. Las modificaciones serán vigentes y obligatorias para todos los Consultores Independientes a partir de la fecha de su emisión.
El hecho de que TERRAMAR no ejercite ninguna de las acciones prevista en este Acuerdo o no exija el estricto cumplimiento de cualquier obligación o estipulación contenida en el mismo por parte de un Consultor Independiente, así como ninguna costumbre o práctica de las partes que difiera del presente Acuerdo, constituirá una renuncia al derecho de la Compañía a exigir el cumplimiento exacto de este Acuerdo. La renuncia por parte de la Compañía sólo puede hacerse por escrito por un funcionario autorizado de la Compañía.
La exención por parte de la Compañía de cualquier incumplimiento concreto por parte de un Consultor Independiente no afectará, ni perjudicará los derechos de la Compañía respecto a cualquier incumplimiento posterior, ni afectará en forma alguna los derechos u obligaciones de cualquier otro Consultor Independiente. Tampoco cualquier retraso u omisión por parte de la Compañía de ejercer cualquier derecho derivado del incumplimiento afectará o perjudicará los derechos de la Compañía con respecto a ese o cualquier otro incumplimiento posterior.
Si, conforme a cualquier ley o norma de cualquier jurisdicción pertinente y vinculante a cualquier disposición del Acuerdo, incluidas en estas normas y reglamentos, o cualquier especificación, procedimiento estándar u operativo que TERRAMAR haya establecido se considera invalido o no ejecutable, TERRAMAR tendrá el derecho de modificar la disposición, especificación estándar o procedimiento operacional inválido o no ejecutable o cualquier parte de la misma en la medida que sea necesaria para que sea válida y ejecutable. El/La Consultor(a) Independiente estará obligado a cumplir con dicha modificación. La modificación será válida sólo en la jurisdicción en la que se requiera.
Todas las disputas y reclamos relacionados con TERRAMAR, este Acuerdo, el plan de compensaciones de TERRAMAR, o sus productos, los derechos y obligaciones de un Consultor Independiente y TERRAMAR, o cualquier otro reclamo o causa de acción relacionada con el desempeño de un Consultor o de TERRAMAR bajo el Acuerdo, o las reglas y regulaciones, y/o la compra de productos por parte de un Consultor Independiente serán gobernados por la leyes de Florida y serán adjudicados total y finalmente en Miami, Florida, o en cualquier otro lugar que TERRAMAR establezca. Sólo para residentes de Luisiana: En caso de disputa a efectos jurisdiccionales, un Consultor Independiente tendrá derecho a presentar una reclamación o demanda judicial en la jurisdicción de Luisiana y la ley que rige es la de Luisiana.
En la medida en que lo permita la ley, TERRAMAR y sus filiales, funcionarios, directores, empleados y otros representantes no serán responsables, y el/la Consultor(a) Independiente por este medio libera a los anteriores de y renuncia a cualquier reclamo por pérdida de ganancias, daños incidentales, especiales, consecuentes o ejemplares que puedan surgir de cualquier reclamo relacionado con el desempeño de, incumplimiento, acto u omisión de TERRAMAR con respecto a la relación comercial u otros asuntos entre el/la Consultor(a) Independiente y TERRAMAR, ya sea que estén basados en un contrato, agravio o responsabilidad estricta. Además, se acuerda que cualquier daño a un Consultor Independiente no excederá y queda expresamente limitado a, la cantidad de productos y servicios no vendidos de TERRAMAR que sean propiedad o estén en posesión del Consultor Independiente y a las comisiones adeudadas.
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Convertirse en Consultores Independiente.
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Edad Legal
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Derechos de los Consultores Independiente
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No es necesario comprar.
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Intereses Simultáneos.
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Entidades comerciales.
Si en cualquier momento, una de las personas de una Entidad de Negocio registrada (denominada en esta sección "parte afiliada") quiere cancelar su Acuerdo en la cuenta de la Entidad de Negocio, debe primero cancelar su afiliación con la Entidad de Negocio, notificar al Comité Ejecutivo que una parte ha cancelado su afiliación con la Entidad de Negocio, y cumplir con las reglas de Inactividad, Reclasificación, Cancelación y Cambio de Linaje establecidas en este documento y en el Manual del Consultora.
Cada Consultora Independiente deberá notificar inmediatamente a TERRAMAR de todos los cambios realizados en el tipo de Entidad Comercial que utiliza en la operación de sus negocios y la incorporación o eliminación de Partes Afiliadas comerciales.
En el caso de que sea necesario tomar una decisión respecto a la administración de una Cuenta de una Consultora Independiente, y la Cuenta de la Consultora Independiente sea propiedad de una Entidad de Negocios o de más de una persona o parte, TERRAMAR se basará en lo siguiente para fines de administración de la Cuenta de la Consultora Independiente. Si la Cuenta de la Consultora Independiente es propiedad de cualquier forma de una Entidad de Negocios, TERRAMAR se basará en los Documentos de la Entidad de Negocios para las decisiones de administración de la Cuenta de la Consultora Independiente. En caso de que los Documentos de la Entidad no sean claros o si las decisiones de los designados para tomar decisiones de administración no constituyen una mayoría, TERRAMAR deferirá las decisiones de administración a la persona anotada como "Solicitante" en el Acuerdo de la Consultora Independiente.
Las Consultoras Independientes de TERRAMAR a veces operan sus negocios TERRAMAR como sociedades conyugales, registradas como Entidades Comerciales. En cualquier momento, si el matrimonio o la sociedad terminan en divorcio o separación, se deben hacer acuerdos para asegurar que cualquier separación o división del negocio se lleve a cabo de manera que no afecte negativamente los intereses e ingresos de otros negocios en la línea de patrocinio ascendente o descendente.
Durante el proceso de divorcio o disolución de la entidad, las partes deben adoptar uno de los siguientes métodos de funcionamiento:
En el caso de disoluciones de entidades comerciales, el antiguo socio, accionista, miembro u otro afiliado de la entidad que no conserve ningún interés en la empresa deberá esperar 6 meses naturales desde la fecha de la disolución definitiva antes de volver a inscribirse como Consultora Independiente con el mismo patrocinador. En cualquier caso, el excónyuge o afiliado del negocio no tendrá ningún derecho sobre las Consultoras Independientes de su antigua organización ni sobre ningún antiguo Cliente. Es decir, deberán desarrollar el nuevo negocio de la misma manera que lo haría cualquier otra nueva Consultora Independiente.
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Baja de una parte afiliada
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La(s) persona(s) que permanezca(n) en la cuenta de TERRAMAR deberá(n) notificar al Comité Ejecutivo sus intenciones de permanecer entonces como Entidad de Negocio registrada, o solicitar el cambio a una cuenta personal de TERRAMAR, proporcionando su número de identificación fiscal, con el mismo Número de Kit.
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La parte afiliada que resuelva su Acuerdo en la Entidad de Negocio no podrá participar en ningún otro negocio de TERRAMAR durante un plazo de seis (6) meses naturales consecutivos, de acuerdo con lo establecido en el Manual de la Consultora.
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Si la Entidad de Negocio desea incorporar alguna nueva Parte Afiliada, deberá atenerse a los requisitos de este apartado, Entidades de Negocio.
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Los documentos relacionados con la incorporación o eliminación de una Parte Afiliada deben ser presentados al Comité Ejecutivo de TERRAMAR. TERRAMAR podrá, a su discreción, exigir documentos notariales antes de implementar cualquier cambio en un negocio de TERRAMAR.
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Si cualquier individuo registrado en una Entidad de Negocio viola el Acuerdo, la(s) acción(es) será(n) considerada(s) como una violación por parte de la Entidad de Negocio. TERRAMAR podrá tomar medidas disciplinarias contra la Entidad de Negocio
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Si un Consultor Independiente se inscribe en TERRAMAR como Entidad de Negocio, cada Parte Afiliada de la Entidad de Negocio estará personal e individualmente obligada a, y deberá cumplir, los términos y condiciones del Acuerdo. En ningún caso se dividirá la organización de la línea descendente de una Entidad de Negocio que se disuelva o de los cónyuges que se divorcien.
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Cambios en la Entidad Comercial
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Administración de una Cuenta de Entidad Comercial
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Separación de un negocio TERRAMAR
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Una de las partes se retira de la Entidad Empresarial, como se describe en el punto A.
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Las partes pueden continuar operando el negocio de TERRAMAR de manera conjunta sobre la base de un "business as usual", con lo cual todas las compensaciones pagadas por TERRAMAR serán pagadas de acuerdo con la situación que existía antes de la solicitud de divorcio o del procedimiento de disolución. Este es el procedimiento por defecto, a menos que se notifique al Comité Ejecutivo de lo contrario.
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En ningún caso se dividirá la organización de la línea descendente de los cónyuges que se divorcien o de una Entidad Comercial que se disuelva. Del mismo modo, en ninguna circunstancia TERRAMAR dividirá los cheques de comisiones y bonos entre los cónyuges que se divorcian o los miembros de las entidades que se disuelven. TERRAMAR reconocerá sólo una organización de línea descendente y emitirá sólo un pago de comisiones por negocio TERRAMAR por ciclo de comisiones.
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El pago de comisiones se emitirá siempre a la misma persona o entidad.
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En caso de divorcio, la Compañía se atendrá a los términos de cualquier Orden Definitiva de un Tribunal de jurisdicción competente relativa a la división y adjudicación de intereses y derechos patrimoniales a cada parte. El Comité Ejecutivo exigirá la documentación, incluida una copia certificada de la sentencia del Tribunal, antes de realizar cualquier división. El Comité Ejecutivo no tramitará ningún cambio en una cuenta durante un procedimiento de divorcio pendiente, a menos que reciba una orden judicial que ordene dicho cambio o un consentimiento por escrito firmado por ambas personas.
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Prohibición de nombres ficticios y supuestos.
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Estatus de Contratista Independiente.
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Renovación anual.
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Indemnización
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Impuestos
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Cumplimiento Legal
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Número de Identificación de Consultor Independiente
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Otros productos y servicios
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No hay territorios exclusivos
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Inscripciones no compensadas
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Solicitudes Múltiples
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Obligaciones de los inscritos.
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Transferencia de patrocinio
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Cancelación voluntaria
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Cancelación involuntaria
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Apelaciones
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Efecto de la suspensión
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Efectos de la cancelación
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Límites de la transferibilidad o venta.
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Relación con los Proveedores.
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Acuerdo de Confidencialidad.
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Sucesión
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Marcas Comerciales
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Cheques Impresos.
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Directorio Telefónico (Yellow and White Pages)
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Tarjetas de Presentación o Impresos Membretados
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Literatura de la Empresa
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Entrevistas con los medios de comunicación.
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Política de Internet y sitios web.
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Ningún Consultor Independiente podrá diseñar independientemente una página o sitio web que utilicé los nombres, logos, o descripción de los productos TERRAMAR sin la autorización por escrito de TERRAMAR.
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Ningún Consultor Independiente podrá utilizar anuncios “ciegos” en Internet haciendo declaraciones de productos u oportunidades de ingresos que estén o puedan ser asociados con TERRAMAR.
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Ningún Consultor Independiente podrá en ninguna circunstancia utilizar el Internet con la intención de hacer correos “masivos” o no solicitados, generalmente conocido como “spamming”.
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Ningún Consultor Independiente podrá violar ninguna ley local, estatal o federal relacionado con el Internet o con cualquier código de ética generalmente aceptado en el Internet.
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Comunicación Independiente.
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Entrenamiento a Consultores Independientes.
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Aprobaciones
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Prohibido copiar.
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Contestación de llamadas telefónicas
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Prohibición de reempaquetado.
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Solicitud y Acuerdo de Consultor Independiente.
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Período de calendario.
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Fecha de pago de las comisiones.
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Pago de comisiones.
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Prohibido el almacenamiento.
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Calificación del volumen de ventas por toma de pedidos.
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Costo de envío.
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Mercancía dañada.
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Aceptar la entrega.
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Antes de que el conductor se vaya, indicar en el recibo de entrega la cantidad de cajas que parecen estar dañadas.
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Guardar los productos dañados o cajas, para que los inspeccione el transportista.
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Hacer una cita con la empresa transportista para que inspeccione los productos dañados.
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Realice una reclamación con la empresa de transporte.
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Recibos y precios de venta sugeridos.
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Impuesto sobre las ventas.
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Puntos de Venta.
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Establecimientos orientados al servicio.
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Cambio de precios.
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Devoluciones de Clientes Finales.
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El producto es devuelto a TERRAMAR por el/la Consultor(a) Independiente a través del cual realizó la compra.
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El producto debe recibirse en TERRAMAR dentro de los diez días siguientes a la fecha de devolución al Consultor Independiente.
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La devolución debe estar acompañada por una declaración por parte del cliente mencionando el motivo de la devolución.
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Una declaración firmada por el cliente final identificando la razón de la devolución,
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Una copia del recibo original de la compra, y La parte no utilizada del producto en su envase original.
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El nombre, dirección y número telefónico del cliente final.
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Se debe utilizar una caja de cartón y material de embalaje adecuado para empacar los productos que se devuelven para su reemplazo, y se recomiendan utilizar el medio de envío más económico.
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TERRAMAR pagará por adelantado el costo de envío del reemplazo.
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Control de Calidad.
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Se debe emitir por escrito una requisición de reemplazo, indicando el motivo y acompañada por el comprobante de pago y una copia de la hoja de la orden de compra del pedido o el comprobante de envío.
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TERRAMAR indicará al Consultor Independiente la dirección a dónde enviar el producto para ser inspeccionado e inventariado, también proporcionará la cantidad correspondiente de etiquetas de envío para la devolución autorizada del producto. Una vez recibido e inspeccionado el producto, TERRAMAR enviará el producto de reemplazo correspondiente.
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Devoluciones por Cancelación.
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Se debe presentar una requisición por escrito y acompañada del comprobante de pago y una copia de la orden de compra.
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TERRAMAR indicará al Consultor Independiente la dirección a dónde enviar el producto para ser inspeccionado e inventariado, y también le proporcionará al Consultor Independiente la cantidad correspondiente de etiquetas de envío para la devolución autorizada del producto. Una vez recibido e inspeccionado la devolución, TERRAMAR procesará el reembolso correspondiente para su pago.
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El/la Consultor(a) Independiente deberá pagar el costo del flete de los retornos.
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Derecho de cancelación del Cliente final.
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Responsabilidad del Consultor Independiente.
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Responsabilidad.
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Almacenamiento de Registros.
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Declaraciones de ingresos.
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Respaldo gubernamental.
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Modificaciones.
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Disposición de no renuncia.
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Divisibilidad.
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Arbitraje.
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Todas las disputas y reclamaciones relacionadas con TERRAMAR, sus productos, el Acuerdo de Consultor o el Plan de Compensación de TERRAMAR, incluyendo pero no limitado a (1) los derechos y obligaciones del Consultor y TERRAMAR, (2) cualquier otro reclamo o causa de acción relacionada con el desempeño del Consultor o TERRAMAR bajo el Acuerdo del Consultor o las Reglas y Reglamentos y/o (3) La compra de productos de TERRAMAR por parte del Consultor se resolverá total y definitivamente mediante un arbitraje en Miami, Florida o en cualquier otro lugar que TERRAMAR determine, de acuerdo con la Ley Federal de Arbitraje y las Reglas de Arbitraje Comercial de la Asociación Americana de Arbitraje. Los residentes de Luisana podrán arbitrar en Nueva Orleans. Habrá un mediador, un abogado, que deberá tener experiencia en transacciones de derecho comercial preferentemente que sea un abogado con conocimientos en la industria de la venta directa, seleccionado por el panel que proporciona la Asociación Americana de Arbitraje. Cada una de las partes será responsable de sus costos y gastos de arbitraje, incluyendo los honorarios legales y de registro. Si el/la Consultor(a) presenta una reclamación o una contrademanda contra TERRAMAR, el/la Consultor(a) lo hará de forma individual y no con otro Consultor o como parte de una acción colectiva. La decisión del mediador será definitiva y vinculante para las partes y, si fuera necesario, reducida a un resolución en cualquier tribunal de jurisdicción competente. Este acuerdo de arbitraje sobrevivirá a cualquier finalización o vencimiento del Acuerdo de Consultor.
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Sin perjuicio a lo anterior, el mediador no tendrá jurisdicción sobre las disputas relacionadas con la propiedad, validez o registro de cualquier marca o propiedad intelectual o información confidencial de TERRAMAR sin el consentimiento previo por escrito de TERRAMAR. TERRAMAR buscará todos los recursos aplicables en cualquier foro correspondiente con respecto a estas disputas y con respecto al dinero que se le deba a TERRAMAR. Además de los daños monetarios, TERRAMAR podrá obtener medidas cautelares contra el/la Consultor(a) por cualquier violación o uso indebido del Acuerdo del Consultor y por violar o utilizar de forma indebida las políticas de marca registrada, derechos de autor o información confidencial de TERRAMAR.
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Nada de lo dispuesto en esta regla impedirá que TERRAMAR solicite y obtenga de cualquier tribunal con jurisdicción una orden de embargo, una orden judicial temporal, una orden judicial preliminar y/u otras medidas cautelares o emergentes disponibles para salvaguardar y proteger los intereses de TERRAMAR antes de presentar o durante o después de cualquier arbitraje u otro procedimiento o hasta que se dicte la decisión o sentencia relacionado a cualquier arbitraje u otro procedimiento.
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La existencia de alguna reclamación o causa de acción del Consultor contra TERRAMAR, ya sea basada en el Acuerdo de Consultor o de otra manera, no constituirá una defensa para el cumplimiento por parte de TERRAMAR de los pactos y acuerdos del Consultor contenidos en el Acuerdo de Consultor o en las Normas.
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Jurisdicción.
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Límite de daños y perjuicios.
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